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(ca) Italy, UCADI, #205 - Referéndum de Justicia 2026: Preguntando a la ciudadanía qué debería hacer el poder legislativo (de, en, it, pt, tr)[Traducción automática]
Date
Mon, 6 Apr 2026 08:44:10 +0300
El referéndum de justicia programado para marzo plantea a la ciudadanía
cinco preguntas, pero omite una crucial: "¿Desea reemplazar al poder
legislativo en la reforma del poder judicial?". En efecto, si bien
formalmente la "justicia" es un asunto sujeto a referéndum, en el fondo
implica equilibrios procesales extremadamente delicados y produce
efectos difíciles de predecir. Esta evaluación requiere conocimientos
técnicos, jurídicos e incluso estadísticos, superiores a los del
ciudadano medio. Esto no supone una simplificación del debate
democrático, sino una solicitud indebida de juicios sobre cuestiones
puramente disciplinarias.
Se ha aclarado desde diversos sectores que la eventual aprobación de las
preguntas no afectará ni a las normas de los procedimientos civiles ni
penales, ni a la duración de la justicia. Por lo tanto, se pierde
también la cuestión más comprensible y sensible para la opinión pública:
la eficiencia del sistema judicial. No obstante, se espera que los
votantes comprendan la estructura, las funciones y los mecanismos
operativos del Consejo Superior de la Judicatura e incluso sean capaces
de formular pronósticos sobre el papel de las corrientes asociativas
tras la reforma. Además, los ciudadanos deben saber que el CSM evalúa la
profesionalidad y la competencia de los magistrados basándose en sus
opiniones sobre los consejos judiciales territoriales, órganos en los
que el poder de decisión está reservado exclusivamente a los propios
magistrados. Por si fuera poco, se insta a los votantes a emprender una
tarea adicional: dotarse de herramientas para medir el desempeño del
poder judicial. De este modo, deberían determinar si el sistema de
evaluación actual es fiable o ineficaz. Y si tienen dudas sobre la
transparencia del sistema, también deberían ser capaces de predecir los
efectos de una estructura de evaluación diferente derivada de la
incorporación de actores externos. Este ejercicio requiere habilidades
que van mucho más allá de las que normalmente se exigen a quienes votan
en un referéndum. Igualmente compleja es la cuestión de la separación de
las carreras profesionales entre jueces y fiscales. Esta distinción
dista mucho de ser intuitiva y presupone el conocimiento de las normas
vigentes, incluidas las introducidas por la reforma Cartabia. Esta
reforma ya limita los cambios de función a una sola vez en la carrera.
En este caso, también se requiere familiaridad con los datos
estadísticos (en 2024, los cambios de función afectaron a poco más del
0,4 % de los magistrados) para comprender el verdadero impacto de la
propuesta en la administración de justicia. La pregunta sobre los
límites de la prisión preventiva, aparentemente la más sencilla, en
realidad plantea numerosas preguntas para quienes no están
familiarizados con los procedimientos penales: ¿qué es la prisión
preventiva, cuándo se aplica y cuánto dura? Se espera que esta cuestión
capte la atención pública, ya que está vinculada al hacinamiento
carcelario, la detención injusta y los costes económicos que soporta la
comunidad. La quinta pregunta, sobre la derogación del Decreto Severino
de 2012, es sin duda la más clara en su formulación, pero no menos
compleja en sus implicaciones. Aborda el delicado tema de la prevención
y represión de la corrupción, una de las formas más graves de violación
de la ley, ya que afecta directamente a la administración pública. Según
el Índice de Percepción de la Corrupción 2024, Italia ocupa el puesto 52
a nivel mundial y el 19 entre los 27 países de la Unión Europea. En
2025, los casos de corrupción se duplicaron en comparación con el año
anterior; el expediente de Libera "Italia bajo sobornos" registra que, a
1 de diciembre de 2025, había 96 investigaciones y 1.028 personas bajo
investigación. Aunque los ciudadanos no estén familiarizados con estas
cifras en detalle, la percepción de corrupción en el país es alta. Sin
embargo, los votantes deben saber que no se están refiriendo al texto
original de la Ley Severino, ya modificado por la reforma de Cartabia en
2023, sino a una formulación aún más debilitada que permite a quienes
han acordado penas de hasta dos años de prisión presentarse como
candidatos. Establecer los efectos concretos de la abolición de la Ley
Severino no es nada sencillo, sobre todo teniendo en cuenta que, a la
vista de los datos, la posición de Italia en los índices internacionales
se ha mantenido esencialmente inalterada en los últimos años.
Finalmente, queda un aspecto significativo: la propia formulación de las
preguntas del referéndum, que parece estar diseñada más para los que
están dentro del sistema electoral que para un electorado llamado a
ejercer conscientemente su soberanía. En este escenario, el riesgo
reside no solo en un voto desinformado, sino también en una desconexión
progresiva entre los instrumentos de la democracia directa y la
capacidad real de los ciudadanos para comprender su significado. En este
caso, el Tribunal Constitucional, al examinar las preguntas del
referéndum, ha demostrado ser, como mínimo, superficial. Ha subestimado
la verdadera comprensión de las preguntas. No ha considerado la
asimetría informativa existente entre legisladores y ciudadanos de a
pie, ni ha evaluado la idoneidad real del instrumento del referéndum
para producir una decisión verdaderamente informada. La cuestión, por lo
tanto, no es este referéndum, sino el modelo de democracia que se está
estandarizando en nuestro país. Las formas de democracia directa se
utilizan cada vez más para decisiones que, por su propia naturaleza
(complejidad del tema, información asimétrica, uso político táctico,
eslóganes polarizadores), hacen casi imposible la elección informada.
Los ciudadanos no votan sobre los méritos de la reforma, sino que buscan
apoyar a la mayoría o minoría gobernante, fomentando así la
participación directa como un mero ejercicio de poder. Las consecuencias
son graves: el vaciamiento de los procesos participativos, el
debilitamiento de la cohesión social, la mercantilización de la política
y la creciente desconfianza en las instituciones, con repercusiones
directas en la estabilidad democrática. Sin un retorno a la dimensión
ética de la política y la reconstrucción de los vínculos sociales, las
herramientas de la democracia directa seguirán siendo armas de
distracción o simples ejercicios de poder vertical.
Sabrina Barresi
https://www.ucadi.org/2026/03/01/referendum-giustizia-2026-chiede-al-cittadino-cio-che-spetta-al-legislatore/
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