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(ca) Italy, UCADI, #205 - Referéndum de Justicia 2026: Preguntando a la ciudadanía qué debería hacer el poder legislativo (de, en, it, pt, tr)[Traducción automática]

Date Mon, 6 Apr 2026 08:44:10 +0300


El referéndum de justicia programado para marzo plantea a la ciudadanía cinco preguntas, pero omite una crucial: "¿Desea reemplazar al poder legislativo en la reforma del poder judicial?". En efecto, si bien formalmente la "justicia" es un asunto sujeto a referéndum, en el fondo implica equilibrios procesales extremadamente delicados y produce efectos difíciles de predecir. Esta evaluación requiere conocimientos técnicos, jurídicos e incluso estadísticos, superiores a los del ciudadano medio. Esto no supone una simplificación del debate democrático, sino una solicitud indebida de juicios sobre cuestiones puramente disciplinarias.
Se ha aclarado desde diversos sectores que la eventual aprobación de las preguntas no afectará ni a las normas de los procedimientos civiles ni penales, ni a la duración de la justicia. Por lo tanto, se pierde también la cuestión más comprensible y sensible para la opinión pública: la eficiencia del sistema judicial. No obstante, se espera que los votantes comprendan la estructura, las funciones y los mecanismos operativos del Consejo Superior de la Judicatura e incluso sean capaces de formular pronósticos sobre el papel de las corrientes asociativas tras la reforma. Además, los ciudadanos deben saber que el CSM evalúa la profesionalidad y la competencia de los magistrados basándose en sus opiniones sobre los consejos judiciales territoriales, órganos en los que el poder de decisión está reservado exclusivamente a los propios magistrados. Por si fuera poco, se insta a los votantes a emprender una tarea adicional: dotarse de herramientas para medir el desempeño del poder judicial. De este modo, deberían determinar si el sistema de evaluación actual es fiable o ineficaz. Y si tienen dudas sobre la transparencia del sistema, también deberían ser capaces de predecir los efectos de una estructura de evaluación diferente derivada de la incorporación de actores externos. Este ejercicio requiere habilidades que van mucho más allá de las que normalmente se exigen a quienes votan en un referéndum. Igualmente compleja es la cuestión de la separación de las carreras profesionales entre jueces y fiscales. Esta distinción dista mucho de ser intuitiva y presupone el conocimiento de las normas vigentes, incluidas las introducidas por la reforma Cartabia. Esta reforma ya limita los cambios de función a una sola vez en la carrera. En este caso, también se requiere familiaridad con los datos estadísticos (en 2024, los cambios de función afectaron a poco más del 0,4 % de los magistrados) para comprender el verdadero impacto de la propuesta en la administración de justicia. La pregunta sobre los límites de la prisión preventiva, aparentemente la más sencilla, en realidad plantea numerosas preguntas para quienes no están familiarizados con los procedimientos penales: ¿qué es la prisión preventiva, cuándo se aplica y cuánto dura? Se espera que esta cuestión capte la atención pública, ya que está vinculada al hacinamiento carcelario, la detención injusta y los costes económicos que soporta la comunidad. La quinta pregunta, sobre la derogación del Decreto Severino de 2012, es sin duda la más clara en su formulación, pero no menos compleja en sus implicaciones. Aborda el delicado tema de la prevención y represión de la corrupción, una de las formas más graves de violación de la ley, ya que afecta directamente a la administración pública. Según el Índice de Percepción de la Corrupción 2024, Italia ocupa el puesto 52 a nivel mundial y el 19 entre los 27 países de la Unión Europea. En 2025, los casos de corrupción se duplicaron en comparación con el año anterior; el expediente de Libera "Italia bajo sobornos" registra que, a 1 de diciembre de 2025, había 96 investigaciones y 1.028 personas bajo investigación. Aunque los ciudadanos no estén familiarizados con estas cifras en detalle, la percepción de corrupción en el país es alta. Sin embargo, los votantes deben saber que no se están refiriendo al texto original de la Ley Severino, ya modificado por la reforma de Cartabia en 2023, sino a una formulación aún más debilitada que permite a quienes han acordado penas de hasta dos años de prisión presentarse como candidatos. Establecer los efectos concretos de la abolición de la Ley Severino no es nada sencillo, sobre todo teniendo en cuenta que, a la vista de los datos, la posición de Italia en los índices internacionales se ha mantenido esencialmente inalterada en los últimos años. Finalmente, queda un aspecto significativo: la propia formulación de las preguntas del referéndum, que parece estar diseñada más para los que están dentro del sistema electoral que para un electorado llamado a ejercer conscientemente su soberanía. En este escenario, el riesgo reside no solo en un voto desinformado, sino también en una desconexión progresiva entre los instrumentos de la democracia directa y la capacidad real de los ciudadanos para comprender su significado. En este caso, el Tribunal Constitucional, al examinar las preguntas del referéndum, ha demostrado ser, como mínimo, superficial. Ha subestimado la verdadera comprensión de las preguntas. No ha considerado la asimetría informativa existente entre legisladores y ciudadanos de a pie, ni ha evaluado la idoneidad real del instrumento del referéndum para producir una decisión verdaderamente informada. La cuestión, por lo tanto, no es este referéndum, sino el modelo de democracia que se está estandarizando en nuestro país. Las formas de democracia directa se utilizan cada vez más para decisiones que, por su propia naturaleza (complejidad del tema, información asimétrica, uso político táctico, eslóganes polarizadores), hacen casi imposible la elección informada. Los ciudadanos no votan sobre los méritos de la reforma, sino que buscan apoyar a la mayoría o minoría gobernante, fomentando así la participación directa como un mero ejercicio de poder. Las consecuencias son graves: el vaciamiento de los procesos participativos, el debilitamiento de la cohesión social, la mercantilización de la política y la creciente desconfianza en las instituciones, con repercusiones directas en la estabilidad democrática. Sin un retorno a la dimensión ética de la política y la reconstrucción de los vínculos sociales, las herramientas de la democracia directa seguirán siendo armas de distracción o simples ejercicios de poder vertical.

Sabrina Barresi

https://www.ucadi.org/2026/03/01/referendum-giustizia-2026-chiede-al-cittadino-cio-che-spetta-al-legislatore/
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