A - I n f o s

a multi-lingual news service by, for, and about anarchists **
News in all languages
Last 40 posts (Homepage) Last two weeks' posts Our archives of old posts

The last 100 posts, according to language
Greek_ 中文 Chinese_ Castellano_ Catalan_ Deutsch_ Nederlands_ English_ Français_ Italiano_ Polski_ Português_ Russkyi_ Suomi_ Svenska_ Türkçe_ _The.Supplement

The First Few Lines of The Last 10 posts in:
Castellano_ Deutsch_ Nederlands_ English_ Français_ Italiano_ Polski_ Português_ Russkyi_ Suomi_ Svenska_ Türkçe_
First few lines of all posts of last 24 hours | of past 30 days | of 2002 | of 2003 | of 2004 | of 2005 | of 2006 | of 2007 | of 2008 | of 2009 | of 2010 | of 2011 | of 2012 | of 2013 | of 2014 | of 2015 | of 2016 | of 2017 | of 2018 | of 2019 | of 2020 | of 2021 | of 2022 | of 2023 | of 2024 | of 2025 | of 2026

Syndication Of A-Infos - including RDF - How to Syndicate A-Infos
Subscribe to the a-infos newsgroups

(ca) Italy, FDCA, Cantiere #45 - Cuanto más se afianza la lucha de clases, menor es el riesgo de guerra entre estados. (de, en, fr, it, pt, tr)[Traducción automática]

Date Wed, 29 Jul 2026 08:14:01 +0300


Dejar de lado una sola categoría, sector industrial o centro de trabajo significa debilitar al colectivo. - Por una lucha salarial unificada y generalizada, por la reducción de la jornada laboral y por la introducción de un mecanismo automático para recuperar el poder adquisitivo en relación con la inflación real. - Cristiano Valente
En un claro y abierto desafío y provocación a la importancia que el Primero de Mayo aún tiene para los sindicatos y las organizaciones políticas del movimiento obrero internacional, el gobierno de Meloni aprobó otro "decreto sobre el trabajo", publicado en el Diario Oficial el 30 de abril de 2026 como Decreto Legislativo n.º 62, que entró formalmente en vigor el 1 de mayo de 2026, conocido como el "Decreto del Primero de Mayo". Sin mencionar el concepto de salario mínimo por hora, el texto legislativo se refiere a una interpretación vaga de "salario justo", que alude al trato económico general definido por los convenios colectivos nacionales estipulados por los sindicatos y organizaciones empresariales más representativos a nivel nacional. Sin embargo, esta indicación genérica no corresponde en absoluto al reconocimiento "erga omnes" del componente económico para todos los trabajadores de un sector o cadena de trabajo específica, sino que simplemente representa la condición previa para el reconocimiento de los beneficios legales otorgados a los empleadores. En esencia, la ley no dice: "Es ilegal pagar salarios inferiores al mínimo legal a los trabajadores", sino más bien: "Si pagas salarios inferiores al mínimo legal a los trabajadores, no te otorgaremos beneficios fiscales". En consecuencia, una empresa podría, en teoría, seguir pagando salarios muy bajos, simplemente renunciando a los beneficios estatales.

En esencia, el problema de los contratos "piratas" -aquellos firmados por asociaciones fantasma para bajar los salarios y reducir las protecciones- es insuperable, sin embargo, los contratos firmados por CGIL, CISL y UIL todavía se consideran el único referente absoluto para una remuneración justa.

Sin embargo, este enfoque ignora el verdadero espíritu del artículo 36 de la Constitución, confirmando una vez más que son las relaciones de poder, y no las leyes fundamentales, las que garantizan los derechos. La Constitución no vincula el concepto de "salario justo" a los acuerdos de los principales sindicatos, sino que establece un principio mucho más simple y evidente: los salarios deben garantizar a los trabajadores y a sus familias una existencia libre y digna.

Lamentablemente, cada vez es más frecuente que los contratos firmados por grandes empresas no cumplan con este estándar, lo que obliga al poder judicial a intervenir y corregir las nóminas, como ya ha ocurrido en los sectores de seguridad privada y reparto.

No es casualidad que la líder del CISL, Daniela Fumarola, expresara "gran satisfacción con los elementos presentados en la rueda de prensa por el Gobierno y con la indicación del Primer Ministro Meloni de que la medida aprobada hoy sea el primer paso de un pacto social para impulsar los salarios, las protecciones y el empleo de calidad".

De hecho, el decreto simplemente restablece y amplía, mediante la asignación de aproximadamente mil millones de euros a los empleadores, ciertas disposiciones fiscales, algunas de las cuales ya estaban en vigor y cuya eficacia para apoyar y generar nuevos empleos ha demostrado ser deficiente. Estas incluyen bonificaciones por contratar o convertir a jóvenes de hasta 35 años en contratos indefinidos, lo que otorga a las empresas una desgravación fiscal. Asimismo, existe la bonificación fiscal por contratar a mujeres desfavorecidas, con límites máximos más altos para las denominadas ZES (Zonas Económicas Especiales), que ahora se extienden por todo nuestro conflictivo Sur: desde Abruzzo hasta Molise, Campania, Basilicata, Sicilia, Puglia, Cerdeña, Marche y Umbría.

Además, se prevé que el impuesto sustitutivo del 5 % sobre los aumentos salariales derivados de la renovación de contratos firmados después del 1 de enero de 2024 se prorrogue para los trabajadores con ingresos laborales de hasta 33 000 EUR. Asimismo, se prorrogará la exención fiscal del 1 % sobre las primas por productividad y los pagos de participación en beneficios, hasta un límite total de 5000 EUR, a partir del 1 de enero de 2028.

Además, se prorroga, a partir del 1 de enero de 2027, la aplicación del tipo del 15% sobre los incrementos y complementos por trabajo nocturno, festivos, pluses por turnos o horas extraordinarias, hasta un límite anual de 1.500 euros.

Además, los trabajadores pueden optar por convertir, total o parcialmente, sus bonificaciones por rendimiento y sus participaciones en los beneficios en prestaciones sociales de la empresa.

Esta opción se rige por la Ley Sbarra (Ley n.º 76, de 15 de mayo de 2025), que entró en vigor el 10 de junio de 2025. Dicha ley implementa el artículo 46 de la Constitución sobre la participación de los trabajadores en la gestión empresarial, basado en una iniciativa popular propuesta por la CISL (Confederación Italiana del Trabajo). Al optar por la afiliación al sistema de bienestar social, los trabajadores se benefician de una exención total de impuestos y cotizaciones a la seguridad social hasta un importe de 5000 EUR.

Los supuestos aumentos en el empleo juvenil no se reflejan en la realidad. Cientos de miles de jóvenes, sin oportunidades concretas, se ven obligados a emigrar. Además, cualquier aumento salarial se financia mediante impuestos generales. La consecuencia es obvia: nosotros, como trabajadores, pagamos estos mínimos aumentos con nuestros propios impuestos. Este mecanismo reduce aún más los recursos destinados a los servicios públicos y al bienestar universal. Pero eso no es todo. Para lograr una posible recuperación salarial parcial, se incentivan las penurias y las horas extras mediante una mayor reducción de impuestos sobre estas prestaciones, en lugar de ofrecer jornadas y turnos más cortos y menos estresantes, y más tiempo libre, empezando por los días festivos, que ahora se han convertido en días laborables, especialmente en el sector servicios. Consideremos el mundo del comercio minorista a gran escala y la logística, sectores que ahora abren y operan habitualmente en días festivos y el Primero de Mayo.

Sin embargo, la realidad del mundo laboral presenta un panorama dramático. El único segmento que experimenta crecimiento es el de los mayores de 50 años, mientras que los jóvenes y las mujeres siguen estando en una situación de grave desventaja. Las mujeres tienen una de las tasas de empleo más bajas de Europa, y muchos jóvenes se ven obligados a emigrar. El empleo en la industria continúa disminuyendo y se están reanudando las indemnizaciones por despido, mientras que el crecimiento se concentra en el sector servicios, especialmente en el turismo, donde el trabajo a tiempo parcial involuntario, las jornadas laborales de más de ocho horas y los salarios precarios van en aumento. En el sector de la logística y la distribución, el sistema judicial es la única barrera que queda contra multinacionales como Deliveroo y Glovo, mientras que las estructuras de resistencia sindical siguen sin lograr penetrar en este sector, que además emplea principalmente a mano de obra inmigrante.

Incluso en el sector manufacturero tradicional, los aumentos contractuales se han caracterizado por una pérdida real en comparación con la inflación, empezando por el sector metalúrgico, a pesar de seguir siendo uno de los sectores más sindicalizados, así como en el sector público, donde los aumentos acordados con el apoyo de la mayoría de los sindicatos más representativos han sido un tercio de la inflación real.

La derrota del gobierno en el referéndum constitucional del 22 y 23 de marzo fue una clara confirmación del malestar general de la clase trabajadora, especialmente entre las generaciones más jóvenes, quienes, en lugar de la supuesta defensa de la Constitución aludida por las organizaciones reformistas, han manifestado su disconformidad con sus condiciones materiales y el contexto general de la crisis y los nuevos vientos de guerra. La situación actual, además, demuestra una verdad histórica: el capitalismo no es un sistema armonioso, racionalizable y programable, mucho menos controlable en su desarrollo, ya que todo el sistema capitalista es incapaz de eliminar sus conflictos internos, que a veces estallan en violencia, de la cual la guerra es una consecuencia inevitable.

Por esta razón, en esta etapa es de suma importancia e imperativo renovar la lucha económica y política contra el gobierno, una lucha que, en conjunto, exija objetivos claros y unificadores, sin dividirse en categorías individuales. Dejar a una sola categoría, un solo sector industrial o un solo centro de trabajo aislado significa debilitar al colectivo. Esto disminuye aún más la fuerza y la unidad del movimiento obrero, debilitando y reduciendo el concepto de solidaridad de clase, el único elemento capaz de contrarrestar el poder económico y político de los empresarios y del gobierno. De entre todos los gobiernos.

Si ahora resulta evidente la urgencia de un aumento salarial real, que cada vez se expresa más formalmente no solo por los líderes sindicales sino también por los propios organismos de investigación de las empresas, la demanda de un mecanismo universal de recuperación salarial automática debe figurar en la agenda sindical. Esto va mucho más allá de las iniciativas de recogida de firmas para leyes populares improbables sobre sanidad y contratación pública que ha impulsado la actual dirección de la CGIL.

Además, dicho mecanismo de recuperación salarial, aunque parcial, ya está contemplado en parte en el contrato de los mecánicos, como mecanismo de salvaguardia salarial en caso de rescisión contractual o como ajuste automático basado en la inflación real. El propio Decreto Laboral del Primero de Mayo establece, en caso de rescisión contractual superior a 12 meses, un ajuste salarial automático del 30% basado en el índice IPCA-NEI.

Aunque no por casualidad, bajo la fuerte presión de Confindustria, se eliminó la propuesta inicial que obligaba a las empresas a pagar todos los atrasos desde la fecha de vencimiento en caso de renovación tardía del contrato.

Además, el problema radica en que este índice, el Índice Armonizado de Precios al Consumidor Neto de Bienes Energéticos Importados, calculado por el ISTAT y utilizado para la renovación de los convenios colectivos nacionales, no se corresponde en absoluto con el índice de inflación real, puesto que excluye productos energéticos importados como el gas natural, el petróleo crudo y el carbón. La justificación fraudulenta que se aduce para esta exclusión de los precios de la energía importada es que estos dependen en gran medida de factores internacionales impredecibles y exógenos. Por lo tanto, su exclusión crearía un índice más estable que reflejaría la inflación interna real. En realidad, ante el primer indicio de guerra o conflicto, como ocurre actualmente con el cierre del Estrecho de Ormuz, los precios de la gasolina suben automáticamente, incrementando significativamente la carga sobre la movilidad, uno de los gastos más importantes en los presupuestos familiares.

Junto con el restablecimiento de un mecanismo automático de recuperación de la inflación, sería necesario, por lo tanto, cancelar el "Pacto de Fábricas" de 2018, un acuerdo interconfederal firmado de común acuerdo con Confindustria, en virtud del cual la propia CGIL aceptó la recuperación salarial indicada por el índice IPCA-NEI, introducido inicialmente en 2009 con el acuerdo separado del 22 de enero de 2009, firmado por el gobierno de la CISL UIL y las asociaciones de empleadores, no por la CGIL.

Asimismo, se requiere una verdadera lucha por la reducción diaria de la jornada laboral, erradicando por completo el concepto de jornada flexible durante varias semanas y el uso mismo de las horas extras. Ante este escenario y esta situación política y sindical, el debilitamiento objetivo del gobierno de Meloni debe utilizarse no para relanzar nuevas alianzas electorales de cara a las elecciones generales de 2027, sino para retomar y ampliar las luchas por objetivos unificadores como salarios, jornada laboral, sanidad, educación, transporte, pensiones y la lucha contra la precariedad laboral. Esto nos permitirá recuperar la victoria en la defensa de las condiciones de vida de las clases subalternas y revitalizar y fortalecer la unidad internacionalista de los trabajadores en todo el mundo, aunando estas luchas contra el incipiente militarismo y las guerras imperialistas, y contra el hambre, la pobreza, la devastación y la muerte que imponen.

http://www.alternativalibertaria.org
_______________________________________
AGENCIA DE NOTICIAS A-INFOS
De, Por y Para Anarquistas
Para enviar art�culos en castellano escribir a: A-infos-ca@ainfos.ca
Para suscribirse/desuscribirse: http://ainfos.ca/mailman/listinfo/a-infos-ca
Archivo: http://www.ainfos.ca/ca
A-Infos Information Center