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(ca) Italy, FAI, Umanita Nova #6-25: El patriarcado ha muerto...y goza de buena salud (de, en, it, pt, tr) [Traducción automática]
Date
Thu, 10 Apr 2025 09:28:28 +0300
Cuando un análisis es inatacable pero debe ser desacreditado en todos
los sentidos, se pretende vaciar de su significado la palabra que hay
detrás del razonamiento y relegarla a algo ya obsoleto y anticuado, que
en definitiva puede haber sido válido en un tiempo pero ciertamente ya
no tiene nada que ver con la realidad actual, consiguiendo así vaciar
también esa palabra de su significado intrínseco. Un ataque similar, en
esta lucha lingüística, también se intentó contra el término
"antifascismo" y el consiguiente intento ridículo de ennoblecer el
"afascismo" como una definición más actual e imparcial. ---- En los
últimos años hemos visto a políticos y figuras prominentes hablando del
patriarcado como algo obsoleto. Su muerte, se dice, ya había sido
decretada con la reforma de la ley de familia en 1975, por lo que ya no
tiene sentido hablar de combatir el patriarcado, sino que debemos
concentrarnos, como máximo, en combatir la cultura machista y
chovinista. Intentemos jugar con las mismas cartas que este señor para
ver si su tesis se sostiene.
El 19 de mayo de 1975, con la única abstención del Movimento Sociale, el
parlamento aprobó la ley 151. Los cambios introducidos en la ley de
familia fueron considerados un gran avance en el desarrollo jurídico del
país, pues se reconoció a las mujeres la plena igualdad con los hombres
dentro del "núcleo fundador" de toda la acción social. La legislación
anterior se remonta al Código Civil de 1942, que había diseñado una
familia basada en una estructura jerárquica rígida, en cuya cúspide se
encontraba el pater familias, con los hijos y la esposa en posición
subordinada; Además, la herencia beneficiaba exclusivamente a los hijos
varones. Que este paso no fue tan obvio y fácil lo demuestra el hecho de
que recién en 1948 se insertaron en la Constitución los artículos 29, 30
y 31, en los que también se introdujo la igualdad de derechos y deberes
entre los cónyuges. La Ley 151 fue la culminación de otros actos que
habían tenido lugar años antes; Entre 1968 y 1969 el Tribunal
Constitucional había declarado el art. 559 del Código Penal que sólo
castigaba el adulterio de la mujer; Mientras que en 1970 se había
aprobado la ley sobre el divorcio, reafirmada en 1974 con la victoria
del "no" en el referéndum abrogatorio.
Pero ¿todo esto ha tenido realmente un impacto decisivo e incisivo en la
cultura y las costumbres arraigadas en el país? ¿Ha conducido realmente
a la decadencia de la familia patriarcal y al surgimiento de nuevas
instituciones jurídicas y modelos familiares? La respuesta es un no
claro e inequívoco; Basta pensar que, siempre a nivel jurídico, hubo que
esperar hasta 1996 para la institución del delito de violencia sexual (o
violación) como delito contra la persona y no contra la moral, y la
consecuente previsión de una pena contra quien obligara a alguien a
realizar o sufrir actos sexuales.
En el primer código penal (Código Zanardelli), promulgado en 1889 en el
recién creado estado unitario, los delitos sexuales se distinguían entre
la violación y los actos violentos de lujuria. Para determinar el tipo
de delito, se realizó un análisis real del hecho, obligando a la víctima
a reconstruir los hechos detalladamente y con preguntas meticulosas. A
menudo, parecía ser la mujer quien había despertado el apetito sexual
del hombre. Sin embargo, ambos crímenes quedaron dentro de la esfera de
la moral pública y el orden familiar; Las mujeres eran consideradas
únicamente por su función social, es decir, por el papel que, voluntaria
o involuntariamente, desempeñaban dentro de la familia y la sociedad.
Los delitos fueron considerados como delitos contra la procreación y
contra la autoridad familiar del marido o del padre; En resumen, lo que
había que proteger eran los valores de la familia y la sacralidad de la
mujer no como seres sensibles y autónomos, sino como madre, esposa e
hija. El 1 de julio de 1930, en pleno régimen fascista, entró en vigor
el infame Código Rocco; Aquí los delitos de violación y los actos de
lujuria se colocan en las categorías establecidas para salvaguardar la
"moral pública y las buenas costumbres". Una vez más la mujer fue
borrada de la escena y la violación fue concebida como un atentado al
honor de la familia y a la conducta irreprochable de todos sus miembros.
Incluso los castigos fueron concebidos según el estatus de la mujer; De
hecho, si hubiera sido soltera o, peor aún, prostituta, las penas
incluso se habrían reducido. Otro dato interesante es que la libertad
sexual no era considerada un derecho personal.
Para que las cosas cambien, al menos en parte, serán necesarios
acontecimientos reales y tan graves (¿acaso no lo son todos?) que
sacudan profundamente la opinión pública. En 1965, Franca Viola, tras
ser secuestrada y violada violentamente por Filippo Melodia, no sólo
evitó el matrimonio reparatorio (de hecho era posible absolver al
abusador del delito de violación si luego se casaba con la mujer
violada) sino que continuó la denuncia hasta el juicio. Diez años
después, en 1975, creo que todos recordamos los acontecimientos que
protagonizaron dos chicas, Rosaria (asesinada) y Donatella, brutalmente
golpeadas y abusadas sexualmente durante dos días por tres chicos de la
"buena Roma": Angelo Izzo, Gianni Guido y Andrea Ghira. La "masacre del
Circeo" tuvo amplia resonancia y, por primera vez, empujó a miles de
mujeres y movimientos feministas a reunirse y dar vida a protestas y
grandes manifestaciones en las calles para visibilizar el problema de la
violencia machista contra las mujeres, a menudo justificada a partir de
los hábitos, sexuales o de otro tipo, de la propia mujer. Otro caso que
despertó la indignación pública fue el de Fiorella, de 18 años, quien en
1978 denunció la violación que había sufrido a manos de cuatro hombres,
entre ellos Rocco Vallone, un conocido suyo. Fiorella declaró que había
sido invitada por Vallone a una villa en Nettuno, para discutir una
oferta de trabajo como secretaria en una empresa recién creada, y que
había sido secuestrada y violada durante una tarde entera por el propio
Vallone y otros tres hombres. Estos acontecimientos y manifestaciones
feministas pusieron de relieve la urgencia de un cambio integral en la
sociedad italiana y generaron el impulso necesario para iniciar el
difícil proceso legislativo hacia la modificación del Código Penal para
reconocer finalmente los delitos de violación como "delitos contra la
persona". Sin embargo, para tener una ley hubo que esperar hasta 1996,
cuando por primera vez, en la ley 66, se habló de protección y respeto a
la voluntad y libre autodeterminación de las mujeres como personas en su
esfera sexual. Un aspecto significativo de la Ley 66 lo da también la
unificación en una sola categoría, la violencia sexual, de la violencia
carnal y los actos violentos de lujuria. La unificación nació del deseo
de proteger a la víctima y evitarle la humillación ulterior de hurgar en
la esfera privada e íntima para distinguir los dos tipos de delitos
(investigaciones que muchas veces inducían a la víctima a no denunciar).
A pesar de ello, los representantes de la justicia todavía se ven
obligados (¡y qué casualidad!) a distinguir las hipótesis más serias de
los mero comportamiento libidinoso. Es decir, se le da al juez la tarea
de "calificar", de manera que frecuentemente se le formulan preguntas a
las víctimas para profundizar en la dinámica del hecho, el contexto en
el que se produjo la violencia, la relación entre el agresor y la
víctima, etc. Incluso hoy, a pesar de la "muerte del patriarcado", con
demasiada frecuencia, tanto en los tribunales como en la televisión
convencional y en la prensa escrita, los casos de violación se analizan
y tratan poniendo el énfasis en la víctima, en las circunstancias en las
que ocurrieron los hechos, si pidió ayuda o dejó clara su
disconformidad, incluso invitando a las mujeres a no usar faldas o a no
beber demasiado, corriendo el riesgo de atraer atención sexual no
deseada: es lo que se llama culpabilización de la víctima o victim-blaming.
Todo esto nos lleva a preguntarnos si deberíamos intervenir de nuevo en
la ley, eliminando las referencias a "violencia" y "amenaza" y
prefiriendo la definición "contra la voluntad" o "contra el
consentimiento de la víctima". Así, sería posible incluir de forma más
inmediata en el delito de violencia sexual también los casos
particulares de violencia por parte del cónyuge o en todo caso del
compañero, cuando el acto sexual no siempre es impuesto con violencia o
amenazas.
Por otra parte, la lentitud de la adaptación jurídica está ligada a un
retraso cultural, social y político que en este país, y en estos temas
en particular, es muy fuerte. Recién en 1978 se reconoció a las mujeres
el derecho al aborto (L.194/1978). Mientras que en 1981, con la ley núm.
442 del 5 de agosto de 1981, se derogó la relevancia penal de la causa
del honor: solo a partir de 1981 un delito cometido para salvaguardar el
propio honor y el de la familia (art. 587 del Código Penal) ya no será
castigado con penas reducidas, eliminándose así el presupuesto de que la
ofensa al honor causada por una conducta "deshonrosa" constituya una
provocación muy grave para justificar la reacción de la parte "ofendida".
Por tanto, incluso siguiendo sólo la jurisprudencia, no se puede decir
con certeza que el sistema patriarcal haya desaparecido con la nueva ley
de familia. Pero sigamos el razonamiento de estos cabezas cuadradas y
sensatas según el cual hoy todo debería reducirse al machismo (una
actitud cultural y social basada en la presunta superioridad del hombre
sobre la mujer) o al machismo (la actitud del hombre que hace alarde de
una virilidad ostentosa adoptando comportamientos que expresan fuerza y
agresividad). En esto tampoco podemos estar de acuerdo. Utilizar estos
términos supondría relegar el problema a una actitud puramente masculina
o en todo caso a una responsabilidad exclusivamente individual,
limitando efectivamente la posibilidad de actuar por una verdadera
transformación social. Hablar de patriarcado significa, en cambio,
luchar contra una cultura cuyo cambio es una responsabilidad colectiva
en la que todos estamos implicados. Es evidente que el sistema
patriarcal no se ha visto debilitado por la nueva ley de familia, es
más, ha llevado a muchos hombres a utilizar aún más violencia y
cualquier otro medio para reivindicar aquellos derechos que antes
estaban "por ley". Sólo considerando el patriarcado como estructural a
la organización social podemos entender por qué muchas mujeres no sólo
no logran liberarse de los roles y cánones impuestos, sino que se
indignan contra quienes quieren socavar y subvertir esos roles al no
considerarlos "naturales".
Pero hay más. Reivindicar la igualdad entre hombres y mujeres no
significa poder hacer lo mismo que hacen los hombres, como pretenden las
visiones femeninas del modelo melónico. Convertirse en ejecutivo de
empresa o en político profesional no significa romper la maquinaria de
explotación y crear una base sólida para la igualdad. Estar en el
ejército no hará que el Ministerio de Defensa sea más rosado, sino que
el feminismo sea más gris plomizo.
Luchar contra el patriarcado significa querer derribar el sistema
jerárquico para lograr una vida compartida entre iguales. Significa
luchar contra toda forma de opresión y violencia, ya sea física o
económica. El movimiento transfeminista no es una guerra sino una
revolución viva y vibrante que debe implementarse no sólo el 8 de marzo,
sino todos los días, hasta que podamos pensar verdaderamente en el
patriarcado como una era histórica oscura pero finalmente pasada.
Cristina
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