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(ca) Italy, FAI, Umanita Nova #6-25: El patriarcado ha muerto...y goza de buena salud (de, en, it, pt, tr) [Traducción automática]

Date Thu, 10 Apr 2025 09:28:28 +0300


Cuando un análisis es inatacable pero debe ser desacreditado en todos los sentidos, se pretende vaciar de su significado la palabra que hay detrás del razonamiento y relegarla a algo ya obsoleto y anticuado, que en definitiva puede haber sido válido en un tiempo pero ciertamente ya no tiene nada que ver con la realidad actual, consiguiendo así vaciar también esa palabra de su significado intrínseco. Un ataque similar, en esta lucha lingüística, también se intentó contra el término "antifascismo" y el consiguiente intento ridículo de ennoblecer el "afascismo" como una definición más actual e imparcial. ---- En los últimos años hemos visto a políticos y figuras prominentes hablando del patriarcado como algo obsoleto. Su muerte, se dice, ya había sido decretada con la reforma de la ley de familia en 1975, por lo que ya no tiene sentido hablar de combatir el patriarcado, sino que debemos concentrarnos, como máximo, en combatir la cultura machista y chovinista. Intentemos jugar con las mismas cartas que este señor para ver si su tesis se sostiene.

El 19 de mayo de 1975, con la única abstención del Movimento Sociale, el parlamento aprobó la ley 151. Los cambios introducidos en la ley de familia fueron considerados un gran avance en el desarrollo jurídico del país, pues se reconoció a las mujeres la plena igualdad con los hombres dentro del "núcleo fundador" de toda la acción social. La legislación anterior se remonta al Código Civil de 1942, que había diseñado una familia basada en una estructura jerárquica rígida, en cuya cúspide se encontraba el pater familias, con los hijos y la esposa en posición subordinada; Además, la herencia beneficiaba exclusivamente a los hijos varones. Que este paso no fue tan obvio y fácil lo demuestra el hecho de que recién en 1948 se insertaron en la Constitución los artículos 29, 30 y 31, en los que también se introdujo la igualdad de derechos y deberes entre los cónyuges. La Ley 151 fue la culminación de otros actos que habían tenido lugar años antes; Entre 1968 y 1969 el Tribunal Constitucional había declarado el art. 559 del Código Penal que sólo castigaba el adulterio de la mujer; Mientras que en 1970 se había aprobado la ley sobre el divorcio, reafirmada en 1974 con la victoria del "no" en el referéndum abrogatorio.

Pero ¿todo esto ha tenido realmente un impacto decisivo e incisivo en la cultura y las costumbres arraigadas en el país? ¿Ha conducido realmente a la decadencia de la familia patriarcal y al surgimiento de nuevas instituciones jurídicas y modelos familiares? La respuesta es un no claro e inequívoco; Basta pensar que, siempre a nivel jurídico, hubo que esperar hasta 1996 para la institución del delito de violencia sexual (o violación) como delito contra la persona y no contra la moral, y la consecuente previsión de una pena contra quien obligara a alguien a realizar o sufrir actos sexuales.

En el primer código penal (Código Zanardelli), promulgado en 1889 en el recién creado estado unitario, los delitos sexuales se distinguían entre la violación y los actos violentos de lujuria. Para determinar el tipo de delito, se realizó un análisis real del hecho, obligando a la víctima a reconstruir los hechos detalladamente y con preguntas meticulosas. A menudo, parecía ser la mujer quien había despertado el apetito sexual del hombre. Sin embargo, ambos crímenes quedaron dentro de la esfera de la moral pública y el orden familiar; Las mujeres eran consideradas únicamente por su función social, es decir, por el papel que, voluntaria o involuntariamente, desempeñaban dentro de la familia y la sociedad. Los delitos fueron considerados como delitos contra la procreación y contra la autoridad familiar del marido o del padre; En resumen, lo que había que proteger eran los valores de la familia y la sacralidad de la mujer no como seres sensibles y autónomos, sino como madre, esposa e hija. El 1 de julio de 1930, en pleno régimen fascista, entró en vigor el infame Código Rocco; Aquí los delitos de violación y los actos de lujuria se colocan en las categorías establecidas para salvaguardar la "moral pública y las buenas costumbres". Una vez más la mujer fue borrada de la escena y la violación fue concebida como un atentado al honor de la familia y a la conducta irreprochable de todos sus miembros. Incluso los castigos fueron concebidos según el estatus de la mujer; De hecho, si hubiera sido soltera o, peor aún, prostituta, las penas incluso se habrían reducido. Otro dato interesante es que la libertad sexual no era considerada un derecho personal.

Para que las cosas cambien, al menos en parte, serán necesarios acontecimientos reales y tan graves (¿acaso no lo son todos?) que sacudan profundamente la opinión pública. En 1965, Franca Viola, tras ser secuestrada y violada violentamente por Filippo Melodia, no sólo evitó el matrimonio reparatorio (de hecho era posible absolver al abusador del delito de violación si luego se casaba con la mujer violada) sino que continuó la denuncia hasta el juicio. Diez años después, en 1975, creo que todos recordamos los acontecimientos que protagonizaron dos chicas, Rosaria (asesinada) y Donatella, brutalmente golpeadas y abusadas sexualmente durante dos días por tres chicos de la "buena Roma": Angelo Izzo, Gianni Guido y Andrea Ghira. La "masacre del Circeo" tuvo amplia resonancia y, por primera vez, empujó a miles de mujeres y movimientos feministas a reunirse y dar vida a protestas y grandes manifestaciones en las calles para visibilizar el problema de la violencia machista contra las mujeres, a menudo justificada a partir de los hábitos, sexuales o de otro tipo, de la propia mujer. Otro caso que despertó la indignación pública fue el de Fiorella, de 18 años, quien en 1978 denunció la violación que había sufrido a manos de cuatro hombres, entre ellos Rocco Vallone, un conocido suyo. Fiorella declaró que había sido invitada por Vallone a una villa en Nettuno, para discutir una oferta de trabajo como secretaria en una empresa recién creada, y que había sido secuestrada y violada durante una tarde entera por el propio Vallone y otros tres hombres. Estos acontecimientos y manifestaciones feministas pusieron de relieve la urgencia de un cambio integral en la sociedad italiana y generaron el impulso necesario para iniciar el difícil proceso legislativo hacia la modificación del Código Penal para reconocer finalmente los delitos de violación como "delitos contra la persona". Sin embargo, para tener una ley hubo que esperar hasta 1996, cuando por primera vez, en la ley 66, se habló de protección y respeto a la voluntad y libre autodeterminación de las mujeres como personas en su esfera sexual. Un aspecto significativo de la Ley 66 lo da también la unificación en una sola categoría, la violencia sexual, de la violencia carnal y los actos violentos de lujuria. La unificación nació del deseo de proteger a la víctima y evitarle la humillación ulterior de hurgar en la esfera privada e íntima para distinguir los dos tipos de delitos (investigaciones que muchas veces inducían a la víctima a no denunciar). A pesar de ello, los representantes de la justicia todavía se ven obligados (¡y qué casualidad!) a distinguir las hipótesis más serias de los mero comportamiento libidinoso. Es decir, se le da al juez la tarea de "calificar", de manera que frecuentemente se le formulan preguntas a las víctimas para profundizar en la dinámica del hecho, el contexto en el que se produjo la violencia, la relación entre el agresor y la víctima, etc. Incluso hoy, a pesar de la "muerte del patriarcado", con demasiada frecuencia, tanto en los tribunales como en la televisión convencional y en la prensa escrita, los casos de violación se analizan y tratan poniendo el énfasis en la víctima, en las circunstancias en las que ocurrieron los hechos, si pidió ayuda o dejó clara su disconformidad, incluso invitando a las mujeres a no usar faldas o a no beber demasiado, corriendo el riesgo de atraer atención sexual no deseada: es lo que se llama culpabilización de la víctima o victim-blaming.

Todo esto nos lleva a preguntarnos si deberíamos intervenir de nuevo en la ley, eliminando las referencias a "violencia" y "amenaza" y prefiriendo la definición "contra la voluntad" o "contra el consentimiento de la víctima". Así, sería posible incluir de forma más inmediata en el delito de violencia sexual también los casos particulares de violencia por parte del cónyuge o en todo caso del compañero, cuando el acto sexual no siempre es impuesto con violencia o amenazas.

Por otra parte, la lentitud de la adaptación jurídica está ligada a un retraso cultural, social y político que en este país, y en estos temas en particular, es muy fuerte. Recién en 1978 se reconoció a las mujeres el derecho al aborto (L.194/1978). Mientras que en 1981, con la ley núm. 442 del 5 de agosto de 1981, se derogó la relevancia penal de la causa del honor: solo a partir de 1981 un delito cometido para salvaguardar el propio honor y el de la familia (art. 587 del Código Penal) ya no será castigado con penas reducidas, eliminándose así el presupuesto de que la ofensa al honor causada por una conducta "deshonrosa" constituya una provocación muy grave para justificar la reacción de la parte "ofendida".

Por tanto, incluso siguiendo sólo la jurisprudencia, no se puede decir con certeza que el sistema patriarcal haya desaparecido con la nueva ley de familia. Pero sigamos el razonamiento de estos cabezas cuadradas y sensatas según el cual hoy todo debería reducirse al machismo (una actitud cultural y social basada en la presunta superioridad del hombre sobre la mujer) o al machismo (la actitud del hombre que hace alarde de una virilidad ostentosa adoptando comportamientos que expresan fuerza y agresividad). En esto tampoco podemos estar de acuerdo. Utilizar estos términos supondría relegar el problema a una actitud puramente masculina o en todo caso a una responsabilidad exclusivamente individual, limitando efectivamente la posibilidad de actuar por una verdadera transformación social. Hablar de patriarcado significa, en cambio, luchar contra una cultura cuyo cambio es una responsabilidad colectiva en la que todos estamos implicados. Es evidente que el sistema patriarcal no se ha visto debilitado por la nueva ley de familia, es más, ha llevado a muchos hombres a utilizar aún más violencia y cualquier otro medio para reivindicar aquellos derechos que antes estaban "por ley". Sólo considerando el patriarcado como estructural a la organización social podemos entender por qué muchas mujeres no sólo no logran liberarse de los roles y cánones impuestos, sino que se indignan contra quienes quieren socavar y subvertir esos roles al no considerarlos "naturales".

Pero hay más. Reivindicar la igualdad entre hombres y mujeres no significa poder hacer lo mismo que hacen los hombres, como pretenden las visiones femeninas del modelo melónico. Convertirse en ejecutivo de empresa o en político profesional no significa romper la maquinaria de explotación y crear una base sólida para la igualdad. Estar en el ejército no hará que el Ministerio de Defensa sea más rosado, sino que el feminismo sea más gris plomizo.

Luchar contra el patriarcado significa querer derribar el sistema jerárquico para lograr una vida compartida entre iguales. Significa luchar contra toda forma de opresión y violencia, ya sea física o económica. El movimiento transfeminista no es una guerra sino una revolución viva y vibrante que debe implementarse no sólo el 8 de marzo, sino todos los días, hasta que podamos pensar verdaderamente en el patriarcado como una era histórica oscura pero finalmente pasada.

Cristina

https://umanitanova.org/il-patriarcato-e-morto-e-gode-di-ottima-salute/
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